Abuso sexual. Connotación sexual. Zona no erógena


La realización de actos sobre el cuerpo de otra persona, incluso sobre zonas corporales-sexuales menos convencionales como los pies, y no en una zona erógena, pueden constituir, atendiendo al contexto y circunstancias en los que el acto tiene lugar para valorar su connotación sexual, un ataque contra la libertad sexual y, por tanto, ser delictivos. STS 804/2024, 26 de Septiembre de 2024

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