📌 Análisis clave de la Sentencia del Tribunal Supremo 890/2025 sobre tributación de ganancias y pérdidas del juego
¿Jugaste online antes de 2012 y tributaste por tus ganancias sin poder descontar las pérdidas? Esta sentencia del Tribunal Supremo puede interesarte.
La reciente resolución STS 890/2025, de 30 de junio de 2025, cambia el criterio que venía aplicando la Agencia Tributaria respecto a las ganancias y pérdidas derivadas del juego (por ejemplo, en apuestas o plataformas online), en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para ejercicios anteriores a la reforma fiscal de 2012.
En otras palabras: si te tocó declarar ganancias del juego antes de 2012 y no te dejaron compensar las pérdidas del mismo ejercicio, tal vez pagaste de más. Vamos a explicarlo.
🧾 El caso: Don Cecilio y Hacienda
Nuestro protagonista, Don Cecilio, fue inspeccionado por la Agencia Tributaria, que le negó el derecho a restar las pérdidas sufridas en juegos online de las ganancias obtenidas en 2011. Como resultado, le aumentaron la base imponible en más de 53.000 €, liquidándole una cantidad notable en impuestos y sanciones.
Hacienda se basó en la versión original del artículo 33.5.d) de la Ley del IRPF, que decía, literalmente:
«No se computarán como pérdidas patrimoniales […] las debidas a pérdidas en el juego.»
Y claro, si no se pueden computar como pérdidas, no se pueden descontar de las ganancias. El caso fue desestimado por el Tribunal Económico-Administrativo y también por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Pero Don Cecilio no se rindió, y acudió al Tribunal Supremo.
⚖️ ¿Qué ha dicho el Tribunal Supremo?
El Supremo ha dado la razón a Don Cecilio y ha anulado la liquidación de Hacienda. Pero lo importante va más allá del caso individual: se ha fijado doctrina jurisprudencial aplicable a todos los contribuyentes en situaciones similares.
💡 ¿Cuál es esa doctrina?
En ejercicios anteriores a 2012, sí se podían compensar las pérdidas del juego con las ganancias obtenidas en el mismo año, aunque la ley no lo dijera expresamente.
🔍 ¿Cómo lo argumenta el Tribunal?
El Supremo no se basa solo en tecnicismos, sino en tres ideas clave:
1. La reforma de 2012 no fue una novedad, sino una aclaración
En el preámbulo de la Ley 16/2012, el propio legislador dice que con la reforma se “aclara” el régimen fiscal del juego. Es decir, no estaba creando una norma nueva, sino dejando claro cómo debía interpretarse la anterior. Si se aclara algo, es que ya existía.
Por tanto, ya antes de 2012 debía aplicarse esa posibilidad de compensación, aunque Hacienda no lo reconociera.
2. La renta real es la que se gana, no la que parece que se gana
El Tribunal aplica el principio de capacidad económica recogido en la Constitución (art. 31.1): solo se deben pagar impuestos sobre ganancias reales. Y si en el mismo año ganaste 10.000 € jugando, pero perdiste 7.000 €, lo lógico es tributar por los 3.000 € netos, no por los 10.000 brutos.
3. Interpretación razonable y sistemática del IRPF
El IRPF es un impuesto que mide la renta total obtenida en el año. Según esa lógica, el juego también debe valorarse en conjunto durante el ejercicio, permitiendo restar las pérdidas de las ganancias obtenidas en la misma actividad.
✅ ¿Qué implica esta sentencia para ti?
La sentencia afecta a miles de personas que jugaron online antes de 2012 y se vieron obligadas a declarar sus ganancias sin poder deducir las pérdidas.
Ahora, el Tribunal Supremo dice que eso no era correcto.
¿Y qué se puede hacer?
- Si fuiste inspeccionado o pagaste de más por este motivo, puede haber vías para reclamar.
- Esta doctrina abre la puerta a revisar y, en algunos casos, anular liquidaciones o sanciones aplicadas incorrectamente.
- También puede tener impacto en casos que están pendientes de resolución o en fase de recurso.
🧑⚖️ El fallo del Supremo
En concreto, el Tribunal Supremo:
- Estima el recurso de Don Cecilio.
- Anula la sentencia del TSJ de Cataluña.
- Deja sin efecto la liquidación de la AEAT.
- Y fija esta doctrina jurisprudencial:
«Incluso antes de la Ley 16/2012, sí procedía computar como pérdidas patrimoniales las del juego, y sí se podían compensar con las ganancias obtenidas en el mismo ejercicio fiscal.»
📌 Conclusión
Esta sentencia es una victoria importante para el principio de justicia tributaria. Porque no tiene sentido pagar impuestos sobre beneficios inexistentes.
