Riesgos de entregar las sentencias íntegras en los colegios de los menores.


La determinación de los regímenes de guarda y custodia, entregas y recogidas, y demás particularidades relativas a la gestión del cuidado de los hijos e hijas de parejas divorciadas o que viven separadas competen al ámbito judicial, pero no sólo a éste, dado que los menores acuden diariamente a sus correspondientes centros escolares. Por ello se hace necesario que esos colegios o centros de educación de los menores conozcan el contenido de aquellas medidas que afectan al ámbito educativo.
Es habitual que los progenitores faciliten a los centros escolares copia íntegra de las resoluciones judiciales dictadas en procedimientos de divorcio, separación o medidas de hijos no matrimoniales, etc. No obstante, dichas resoluciones contienen pronunciamientos y datos que no son necesarios, que afectan a otras esferas como es la económica o patrimonial de los progenitores, incluso la fundamentación jurídica de la resolución puede contener determinados datos sensibles que afecten a la salud física o psíquica de los miembros de la familia, entre ellos los menores.
Los progenitores, a través de sus abogados, pueden solicitar en el Juzgado que el Letrado de la Administración de Justicia expida una certificación o testimonio parcial (a tenor del art. 5.b del RD 1608/2005, de 30 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales) que contenga únicamente los pronunciamientos que pudieran afectar al entorno escolar, evitando trasladar otros datos que no se precisen.

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